
La baja laboral de los autónomos: todo lo que tienes que saber
No todo son dificultades para los trabajadores por cuenta propia. Hay ciertas facilidades para quienes no pueden seguir trabajando de manera temporal por causas ajenas a su voluntad. Facilidades que giran en torno a la baja laboral de autónomos.
Seguramente hayas oído hablar de ella. Seguramente no tengas nada claro cómo funciona, como pasa con casi todo lo que rodea a un trabajador por cuenta propia. No te preocupes, te vamos a contar todo lo que debes saber al respecto para que tengas los deberes hechos en caso de necesitar una baja.
En este artículo aprenderás:
¿Qué es la baja laboral de los autónomos?
La baja laboral de los autónomos es una prestación que se da a todos los trabajadores por cuenta propia en caso de enfermedad o accidente que les impida seguir desarrollando su actividad. También se aplica en el caso de que sean padres o madres.
A priori, se parece mucho a la baja de los trabajadores por cuenta ajena, pero hay diferencias importantes. Las prestaciones dependen de las cotizaciones de la actividad de los autónomos, y además necesitan tener unos seguros diferentes.
¿Los autónomos tienen derecho a cobrar la baja?
Por supuesto. Todos los autónomos tienen derecho a cobrar una baja en caso de incapacidad temporal, aunque en algunos casos se deben cumplir algunas condiciones específicas.
Las cuotas que se pagan mes a mes como trabajadores por cuenta propia sirven precisamente para esto, para poder disfrutar de un pequeño aire fresco cuando se debe dejar de trabajar por razones ajenas a la propia voluntad.
Requisitos para acceder a la baja laboral de autónomos
Lo cierto es que los requisitos para acceder a la baja laboral de autónomos no son nada del otro mundo, de hecho, son bastante lógicos. Puedes verlos a continuación:
- Es imprescindible haber abonado las cuotas de autónomo, ya que la prestación por incapacidad temporal depende de las contingencias comunes.
- Es necesario estar dado de alta en el RETA, cosa imprescindible para cualquier autónomo.
A estos dos requisitos hay que sumar otros tres más imprescindibles en caso de solicitar la baja por enfermedad común:
- No estar dado de alta como trabajador por cuenta propia en la Seguridad Social.
- Haber cotizado un mínimo de 6 meses en los últimos 5 años.
- Estar al corriente de pagos con la Administración.
Tipos de baja laboral de los autónomos
No existe un único tipo de baja. Hay diversos motivos y contextos en los que te puede resultar imposible seguir ejerciendo tu trabajo. Por eso, vamos a ver a continuación cuáles son los tipos de baja laboral de los autónomos y sus características más importantes:
Baja por enfermedad común
La baja por enfermedad común se da cuando el autónomo contrae una enfermedad que no está relacionada con su trabajo. Puede ser desde una gripe hasta un virus o cualquier otro tipo de dolencia de lo más cotidiana, siempre y cuando impida seguir desarrollando la actividad profesional.
Este caso, además de común, tiene unos requisitos diferentes al resto, como has podido ver más arriba. Además, la cuantía de la prestación que se obtiene es más baja y varía en función del tiempo que se esté de baja.
Baja por enfermedad laboral
La baja por enfermedad laboral se da cuando el autónomo ha contraído una enfermedad relacionada con su trabajo. Un caso claro para entenderlo es una reunión con un cliente que tiene un virus y que, desafortunadamente, se lo acaba contagiando al trabajador por cuenta propia.
Generalmente, se agrupa con la baja por accidente laboral que veremos ahora, ya que en ambos casos se recibe la misma prestación, sin requisitos de tiempo.
Baja por accidente laboral
Su nombre deja poco lugar a las dudas. La baja por accidente laboral se aplica cuando el autónomo sufre un accidente mientras está llevando a cabo su trabajo. Puede ser desde una caída que causa una lesión que impide trabajar hasta un golpe con una herramienta o cualquier situación similar.
Cabe mencionar que, si el accidente es in itinere, es decir, mientras se está yendo al lugar de trabajo, o viajando por cuestiones laborales, esto también entraría dentro de este tipo de baja. La ley cambió recientemente para cubrir este campo.
Ahora bien, si el accidente es por imprudencia temeraria, cabe la posibilidad de que se rechace el acceso a la prestación. ¡Mucho cuidado!
Baja por maternidad o paternidad
Por supuesto, tanto los autónomos como las autónomas tienen derecho a ser padres y madres. La baja por maternidad y/o paternidad brinda la prestación más elevada desde el primer momento, y además va acompañada de un permiso de hasta 16 semanas para los progenitores.
Las seis primeras semanas de permiso son obligatorias. A partir de ahí, se pueden alternar las 10 restantes como se desee durante el primer año de vida del niño, o de la niña.
Desde el presente 2023, hay una bonificación adicional para las madres autónomas. Cuando se reincorporen al trabajo tras la baja, podrán disfrutar de una tarifa plana en su cuota, pagando solo 50 € al mes durante 12 meses.
🔗 Ampliar información: Si quieres saber más sobre la baja del autónomo por paternidad y la baja de la autónoma por maternidad te recomendamos que leas nuestro artículo específico.
¿Cuánto puede durar la baja laboral de los autónomos?
Inicialmente, la baja laboral de los autónomos tiene una duración máxima de un año. Ahora bien, este período se puede extender hasta 6 meses más si hay posibilidades de recibir el alta en dicho plazo.
En el caso de que, pasados esos otros 6 meses no se produzca un alta, se puede iniciar el proceso de la incapacidad permanente, algo totalmente diferente a la baja temporal de la que estamos hablando aquí.
¿Cómo se solicita la baja laboral de autónomos?
Aunque siempre es aconsejable contactar con tu asesoría o gestoría a la hora de solicitar la baja, vamos a ayudarte. Para solicitar la baja laboral de autónomos, tienes que llevar a cabo unos pasos bastante sencillos:
- Primero, debes notificar a la Seguridad Social tu baja, indicando además el estado de la actividad a raíz de esta. Es posible que alguien pueda coger las riendas de tu negocio mientras tanto, o que este cese temporalmente. Tienes un plazo máximo de 15 días para hacer esta notificación.
- Después, toca obtener la solicitud de baja laboral, solicitando el documento a la Seguridad Social o a tu mutua aseguradora.
- Ahora, tienes que firmar esta solicitud y presentarla junto con tu DNI o una fotocopia compulsada, el parte de baja médica y el justificante de pago de tus cuotas de autónomos (en caso de ser necesario).
- ¡Hecho!
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¿Cuánto cobra un autónomo estando de baja?
El dinero que cobra un autónomo estando de baja laboral depende principalmente de dos cosas: el tipo de baja que es y el tiempo que está dado de baja. Aunque todo esto, al mismo tiempo, gira en torno a la base de cotización que se tenga.
Cuanto más cotices, más dinero recibirás estando de baja, cosa que ahora depende principalmente de tus ingresos debido al nuevo sistema de cotización por ingresos reales.
El dinero de la baja es un porcentaje que se aplica sobre la base de cotización. Puede ir desde el 60% de esta, en caso de enfermedad común, hasta el 100% en caso de baja por paternidad o maternidad.
🔗 Ampliar información: Si quieres saber más sobre cuánto cobra un autónomo estando de baja te recomendamos que leas nuestro artículo específico.
¿Qué día se cobra la baja de autónomos?
Generalmente, la baja de autónomos se cobra a finales de mes, una vez se ha firmado y validado esta. Su cuantía depende del tipo de baja, como decíamos antes. De hecho, los autónomos de baja por enfermedad común empiezan a contabilizar a partir del cuarto día de baja, cosa que afecta al cobro a final de mes.
Es imposible dar una fecha exacta, ya que depende de la entidad bancaria y de los trámites de la Seguridad Social, o de la mutua.
¿Es necesario seguir pagando la cuota de autónomo?
La cuota de autónomo no se tiene que seguir pagando estando de baja, pero, a su vez, sí se tiene que seguir pagando. ¿Qué significa esto? Que hay que abonarla durante los dos primeros meses de baja y, después, ya se aplica una exención.
🔗 Ampliar información: Si quieres saber más sobre si es necesario pagar la cuota de autónomo estando de baja te recomendamos que leas nuestro artículo específico.
¿Es necesario presentar los modelos trimestrales?
Desafortunadamente, aunque estés de baja, eso no significa que hayan acabado tus responsabilidades con Hacienda. Puede que te eximan del pago de la cuota a partir de cierto tiempo, pero debes seguir cumpliendo tus deberes.
Tanto las trimestrales del IVA, como las anuales y el IRPF se tienen que seguir presentando. Obviamente, al no haber facturado por estar de baja, las liquidaciones serán muy diferentes.